La Corte de Casación de Italia declaró inválido el criterio administrativo conocido como «cuestión menor», que bloqueaba el reconocimiento de la ciudadanía italiana a descendientes cuyos antepasados se naturalizaron siendo menores de edad. El fallo impacta en miles de familias de Santa Fe y la región.
Las Secciones Unidas de la Corte de Casación de Italia, máxima instancia judicial del país, emitieron un fallo que declara inválida la denominada «cuestión menor», un criterio administrativo aplicado desde octubre de 2024 que bloqueaba el reconocimiento de la ciudadanía italiana iure sanguinis a descendientes cuyos antepasados italianos se habían naturalizado en el extranjero siendo ellos menores de edad.
La controversia se originó con la Circular Nº 43347 del Ministerio del Interior italiano, emitida en octubre de 2024. A partir de esa instrucción, prefecturas, comunas y consulados comenzaron a interpretar que los hijos de italianos nacidos en países con régimen de ius soli —como Argentina, Brasil o Estados Unidos— perdían la ciudadanía italiana si sus padres se naturalizaban posteriormente en ese país mientras ellos eran menores. Esa lectura modificó la doctrina administrativa consolidada durante más de un siglo y derivó en el rechazo de miles de expedientes.
Al resolver los recursos de tres familias (una venezolana y dos estadounidenses), la Corte Suprema de Casación dictó la Sentencia Nº 24.045/2026, mediante la cual estableció que quienes hayan obtenido la nacionalidad de su país de nacimiento por ius soli no pierden su condición de ciudadanos italianos, aun cuando sus padres se hayan naturalizado o renunciado formalmente a la ciudadanía italiana con posterioridad.
El fallo unifica doctrina y desarticula el sustento jurídico sobre el cual los consulados venían denegando el trámite a una gran cantidad de descendientes de italianos. Especialistas señalaron que el pronunciamiento impacta tanto en nuevos expedientes como en causas paralizadas o rechazadas en sedes administrativas e instancias judiciales de primera instancia.
Pese a este avance, sigue vigente la Ley Tajani (Ley 74/2025), impulsada por el gobierno de Giorgia Meloni, que limita la transmisión de la ciudadanía por vía administrativa a dos generaciones (hijos y nietos) para nacidos en el extranjero. Sobre esta restricción, la Corte Constitucional de Italia elevó una cuestión prejudicial (Ordenanza N° 147/2026) ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que deberá expedirse sobre si restringir la ciudadanía de manera retroactiva vulnera los principios del bloque europeo.
El fallo de las Secciones Unidas restituye el espíritu histórico del iure sanguinis. Especialistas juristas recomiendan a los solicitantes analizar el estado de sus carpetas y verificar la cadena documental de cada generación, señalando que el camino judicial requiere prudencia frente al paquete de reformas que aún aguarda definición en Europa.
