viernes, 3 julio, 2026
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Dictan captura nacional e internacional para condenado por trata que se fugó tras conocer sentencia

El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay declaró en rebeldía a Rubén Alberto Cabra, alias «Petro», condenado a diez años de prisión por trata de personas, tras constatar que incumplió las reglas de conducta y se desconoce su paradero.

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Concepción del Uruguay declaró en rebeldía y ordenó la captura nacional e internacional de un hombre que hace dos semanas fue condenado a diez años de prisión por los delitos de trata de personas y promoción y facilitación de la prostitución, luego de que se constatara que incumplió las reglas de conducta que le habían sido impuestas tras la lectura del veredicto y se desconociera su paradero.

Se trata de Rubén Alberto Cabra, alias «Petro», quien el 16 de junio pasado había sido condenado por ese tribunal en un juicio oral al que, salvo la audiencia inicial, que estuvo presente en la sede del TOF, al resto asistió conectado vía remota desde la provincia de Chaco.

Su captura fue dictada el 24 de junio en una resolución del juez del TOF Jorge Sebastián Gallino, quien consideró acreditado que el condenado abandonó el domicilio que había fijado sin autorización judicial y que no pudo ser localizado pese a las tareas de averiguación de paradero realizadas por la Gendarmería Nacional. En consecuencia, dispuso su declaración de rebeldía y libró la correspondiente orden de captura nacional e internacional.

Cabra había llegado en libertad al debate oral que comenzó el 22 de abril pasado ante el TOF de Concepción del Uruguay, integrado de manera unipersonal por la jueza Mariela Emilce Rojas.

Durante el debate, la fiscal federal Josefina Minatta había solicitado la detención del imputado tras la declaración de la víctima, pedido que fue rechazado por el tribunal. La representante del MPF reiteró esa solicitud al formular su alegato y requirió que la medida se hiciera efectiva al conocerse la sentencia condenatoria.

Sin embargo, la jueza rechazó ambos planteos al considerar que durante el proceso la libertad es la regla hasta tanto la sentencia quede firme. En su lugar, el tribunal le impuso a Cabra una serie de reglas de conducta: fijar un domicilio y no modificarlo sin autorización judicial, presentarse semanalmente ante la Sección Villa Ángela de Gendarmería Nacional, no salir del país sin autorización judicial, no acercarse a la víctima en un radio inferior a 100 metros y abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto con ella o con su grupo familiar.

La fuga

El 16 de junio se encomendó a la Sección Villa Ángela de Gendarmería Nacional notificar al condenado para que suscribiera el acta con las reglas de conducta impuestas. Cuatro días después, la fuerza informó que al concurrir al domicilio declarado fue atendida por la madre de Cabra, quien manifestó desconocer su paradero desde hacía aproximadamente un mes.

Ante esa situación, el tribunal ordenó realizar tareas de averiguación de paradero. Las diligencias incluyeron visitas en los tres domicilios vinculados al condenado y entrevistas con su madre, su pareja y una cuñada, quienes coincidieron en señalar que desconocían dónde se encontraba y que habían perdido contacto con él semanas antes. Además, una de ellas indicó que Cabra había retirado todas sus pertenencias de la vivienda donde residía.

Sobre la base de esas actuaciones, el juez Gallino concluyó que el condenado había incumplido las obligaciones impuestas por el tribunal, lo declaró en rebeldía y ordenó su captura nacional e internacional.

El caso

La causa por la que Cabra fue condenado se inició en 2019 a partir de una denuncia recibida a través de la Línea 145, que fue derivada a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de la fiscal federal Alejandra Mángano y del fiscal general Marcelo Colombo. Luego de un análisis preliminar, las actuaciones fueron remitidas a la Fiscalía Federal de Concepción del Uruguay, donde, mediante distintas medidas de investigación, la fiscal Minatta logró identificar a la víctima en 2021.

La causa tuvo inicialmente dos imputados. Sin embargo, el propietario del prostíbulo donde ocurrieron los hechos, Rubén Ángel Cabra —tío del ahora condenado— falleció antes de ser convocado a declaración indagatoria, por lo que Rubén Alberto Cabra quedó como único acusado.

En el juicio se tuvo por acreditado que entre 2006 y fines de 2008 Cabra captó mediante una falsa oferta laboral a una adolescente de 17 años oriunda de Villa Ángela, Chaco, la trasladó hasta Concepción del Uruguay y la explotó sexualmente en un prostíbulo conocido como «Snack Bar». Allí fue sometida a un régimen de violencia física, amenazas y endeudamiento que le impidió abandonar el lugar.

Por esos hechos, Cabra terminó condenado a diez años de prisión por los delitos de trata de personas y promoción y facilitación de la prostitución.

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