El máximo tribunal ratificó el rechazo a las recusaciones y desestimó el recurso extraordinario del Gobierno, confirmando la vigencia de los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme este jueves la medida cautelar que obliga al Estado nacional a aplicar dos artículos de la Ley 27.795 de financiamiento universitario, según informó Data Clave.
En dos resoluciones, el tribunal ratificó el rechazo a las recusaciones presentadas y desestimó el recurso extraordinario interpuesto por el Poder Ejecutivo, lo que pone fin a meses de dilaciones procesales.
La causa se originó a partir de un amparo colectivo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y distintas universidades nacionales, que buscaban invalidar el decreto 759/2025. Dicho decreto establecía que la Ley 27.795 solo podía ejecutarse una vez determinadas las fuentes específicas de financiamiento.
La justicia en lo contencioso administrativo federal había ordenado, como medida cautelar y antes de resolver el fondo del expediente, que el Gobierno cumpliera de inmediato los artículos 5 y 6 de la norma. El artículo 5 refiere a la actualización de los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley; el artículo 6, a la recomposición de todos los programas destinados al estudiantado.
Esa decisión fue convalidada por la Cámara del fuero, motivo por el cual el Ejecutivo recurrió ante la Corte Suprema, que ahora confirmó la cautelar.
