La comisión de Legislación General del Senado iniciará este miércoles el debate de la reforma de la Ley General de Sociedades, impulsada por el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger. El proyecto elimina la tutela estatal sobre la organización de las empresas, introduce figuras como la Sociedad Automatizada basada en inteligencia artificial y permite resolver conflictos mediante arbitraje internacional.
El Senado abrirá este miércoles el debate en comisión sobre la reforma de la Ley General de Sociedades, con el objetivo de limitar la participación estatal en la constitución de empresas. La iniciativa, diseñada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, propone que las normas de la ley pasen a ser supletorias, dando prioridad al estatuto de cada sociedad.
El tratamiento se efectuará a las 15.30 en la comisión de Legislación General, presidida por la senadora libertaria Nadia Márquez (Neuquén). La reunión informativa contará con la exposición de Sturzenegger, acompañado por la subsecretaria de Planeamiento Estratégico de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia, Paula Taddei Farfán, y el Inspector General de Justicia, Alejandro Ramírez.
Uno de los puntos centrales del proyecto es la creación de la figura de la “Sociedad Automatizada”, que puede operar mediante algoritmos o inteligencia artificial sin requerir empleados para su funcionamiento ordinario. También se incorporan las “DAO” (Organizaciones Autónomas Descentralizadas), que funcionan de forma total o parcialmente autónoma, con participaciones representadas en tokens y registros en blockchain.
La reforma establece que las restricciones estatales serán excepcionales y de interpretación restrictiva. Los registros públicos no podrán dictar resoluciones que limiten lo que la ley permite, y se eliminan trabas burocráticas. El objeto social de las empresas podrá ser amplio, plural y sin obligación de conexidad entre las actividades.
Las sociedades podrán someter sus conflictos internos al derecho extranjero o mercantil internacional, y también podrán pactar cláusulas arbitrales en el estatuto para resolver controversias sin depender de la justicia ordinaria.
Se permite la digitalización plena de la sociedad: domicilio electrónico, libros y registros digitales, asambleas a distancia, constitución de la sociedad por firma digital o electrónica, y un legajo digital público para cada empresa. Se incorpora el domicilio electrónico y la sede electrónica, especialmente relevante para sociedades que operan mediante plataformas o equipos distribuidos.
Además, el proyecto amplía las alternativas de aportes, al permitir bienes, derechos, créditos, activos digitales, prestaciones susceptibles de valoración económica y obligaciones de dar o hacer. Según los fundamentos del proyecto, esto permite reconocer el valor económico de activos intangibles, tecnológicos o digitales esenciales para la actividad empresarial actual.
