jueves, 27 agosto, 2026
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Multas de más de $300.000 y dudas normativas: las reglas para circular en monopatín eléctrico en Santa Fe

La Municipalidad de Santa Fe informó los montos de las sanciones por infracciones con monopatines eléctricos, que parten de los $323.000 por no usar casco, y explicó por qué aún no se implementaron el registro de usuarios ni las dársenas exclusivas previstas en la Ordenanza N.º 12.755.

La circulación en monopatín eléctrico en Santa Fe está regulada por la Ordenanza N.º 12.755, que establece sanciones económicas y retención del vehículo ante infracciones. La multa mínima por circular sin casco es de $323.000, mientras que el exceso de velocidad tiene un pago voluntario de $158.991. En la mayoría de los operativos, el rodado es retenido preventivamente en el Corralón Municipal.

Testimonios de usuarios multados indican diferencias en los montos abonados para recuperar los vehículos. Una vecina relató que le solicitaron $350.000 para retirar su monopatín, pero al no poder acreditar la titularidad (la factura estaba a nombre de su pareja) no se lo entregaron. Al día siguiente, su pareja abonó aproximadamente $30.000, con el argumento de que el vehículo había pasado una noche en el corralón. Otro usuario señaló que pagó cerca de $300.000 para retirar su monopatín por la misma falta.

El Registro de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal, creado por el Artículo 11 de la ordenanza, no está en funcionamiento. La Municipalidad explicó que la dificultad radica en que los monopatines no son bienes registrables a nivel nacional y carecen de dominio o patente que permita identificarlos de manera unívoca. La gestión municipal analiza un mecanismo que asocie los datos del usuario con el vehículo.

El Artículo 8 contempla espacios de estacionamiento en la vía pública, pero la medida sigue en evaluación. Según fuentes municipales, los dispositivos pueden ser resguardados en domicilios o lugares de destino, y los sistemas de anclaje no están estandarizados, lo que condiciona cualquier solución.

Los requisitos plenamente operativos para circular son: casco protector obligatorio, velocidad máxima de 25 km/h, edad mínima de 16 años, prohibición de circular en veredas y paseos peatonales, capacidad unipersonal y potencia máxima de 500 W. Además, se exige sistema de frenos eficaz, base de apoyo para los pies, timbre o bocina y elementos reflectantes en el vehículo o la indumentaria.

La Municipalidad indicó que estudia permanentemente alternativas para adaptar las políticas viales a los nuevos medios de transporte, con el objetivo de avanzar hacia una movilidad urbana ordenada y segura.

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