jueves, 13 agosto, 2026
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Un juez de Santa Fe repone artículo clave de la reforma laboral sobre cálculo de intereses indemnizatorios

El magistrado Raúl Ojeda, del Juzgado Laboral N°63, dejó sin efecto una medida cautelar y reinstauró el mecanismo que fija un tope para la actualización de créditos laborales, buscando dar previsibilidad a las empresas.

El juez del Juzgado del Trabajo N°63 de Santa Fe, Raúl Ojeda, repuso el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral (27.802). Dicha norma establece que los intereses de las indemnizaciones se calcularán aplicando la tasa pasiva del Banco Central (BCRA) como base, pero con un límite máximo equivalente al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más un 3% anual. El objetivo de esta disposición es actualizar los créditos laborales judicializados.

Según la reforma, esta combinación (CER + 3%) funciona como el tope legal para los cálculos en los procesos laborales y busca evitar la capitalización excesiva de intereses que ocurría con los mecanismos anteriores. La medida fue incluida en la ley para dar mayor previsibilidad a las empresas sobre el costo final de los juicios y facilitar el pago de deudas, ante reclamos del sector empresario sobre montos que se volvían «impagables» con las tasas judiciales previas.

«Un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medida adoptada en forma cautelar y reiterar que el análisis de fondo se difiere para el momento de la sentencia definitiva», explicó el juez Ojeda en su reciente fallo. El magistrado detalló que un estudio de la Red Académica de Jueces y Juezas del Trabajo de la República Argentina consideró que su medida cautelar anterior perjudicaba a los trabajadores, ya que en varias provincias la doctrina legal establece sistemas de actualización con un impacto menor al de la nueva ley.

La reforma laboral también habilita que, en ciertas sentencias, las indemnizaciones puedan pagarse en hasta 12 cuotas para PyMEs o personas físicas, y en hasta 6 cuotas para grandes firmas o multinacionales. A partir de ahora, el BCRA habilitará una calculadora oficial para aplicar estos nuevos parámetros en los juicios laborales por indemnizaciones.

Cabe recordar que, días atrás, el juez Ojeda había suspendido 82 artículos de esta nueva legislación, una acción que fue celebrada por la Confederación General del Trabajo (CGT). La Ley de Modernización Laboral fue sancionada el pasado 27 de febrero, impulsada por el Gobierno del presidente Javier Milei.

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