viernes, 12 septiembre, 2025
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Viale aprobó régimen de selección de juez de Paz con opiniones en contra

El Concejo Deliberante de Viale aprobó su propio sistema de selección de postulantes para cubrir el cargo de juez de Paz ante la oposición de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos, el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y reproches del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos. La iniciativa, tal como ha sido planteada, deroga la ordenanza N.º 1.514/14 en la que se estableció el proceso de selección de la magistratura de Paz de esa jurisdicción.

El proyecto fue aprobado con el voto de la mayoría de Juntos por Entre Ríos, 7 votos, contra los 4 de la oposición del bloque Unidad y Compromiso, que se opuso a la iniciativa.

La concejal  Guillermina Degaudencio (Juntos) resumió los principales requisitos a exigir para desempeñar el cargo de Juez de Paz:

1.- Tener aprobado el ciclo de enseñanza media.

2.- Ser mayor de 25 años de edad.

3.- Ciudadanía Argentina.

4.- Residencia inmediata mínima de dos años en el departamento o distrito en que deba ejercer sus funciones.

  • La Ley Orgánica del Poder Judicial de Entre Ríos establece que la residencia debe ser en el departamento o en el distrito donde el juez de paz ejercerá sus funciones. la misma ley abre la posibilidad de que sea en el distrito.
  • Lo que hace este proyecto de ordenanza no es contradecir la ley, sino precisar dentro de las opciones que la propia ley permite. Elegimos exigir la residencia en el distrito, porque entendemos que el arraigo local fortalece la legitimidad de la función judicial, garantiza cercanía con los vecinos y conocimiento real de la comunidad.
  • Se nos señala que restringimos derechos, pero en realidad lo que hacemos es ejercer la autonomía municipal para elegir, dentro del marco legal vigente, la opción que mejor responde a nuestra realidad local. No estamos fuera de la ley, estamos actuando en consonancia con ella.
  • Además, resulta de competencia del Municipio imponer las condiciones y procesos para la selección del cargo de juez de Paz, según recogió el sitio Micrófono Digital.

La edil aseveró que el texto aprobado «no busca excluir a nadie arbitrariamente, sino que responde a un principio básico: que quienes van a impartir justicia en Viale tengan una verdadera pertenencia a Viale, porque solo así se construye confianza entre la ciudadanía y sus jueces». Y remarcó que «lejos de vulnerar la normativa, nuestro proyecto se ajusta estrictamente a lo que marca la ley provincial y la interpreta de manera clara: si la ley permite elegir entre distrito o departamento, nosotros optamos por distrito, en defensa de la cercanía y la transparencia”.

El Consejo de la Magistratura de Entre Ríos había sugerido introducir algunos cambios al texto que trató al Concejo Deliberante de Viale, cambios que, dijo, «no sólo contribuirá a ordenar técnicamente el proceso, sino que también reforzará su legitimidad institucional y social, asegurando que quienes participen del concurso lo hagan en un marco claro, transparente, equitativo y respetuoso de sus derechos».

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La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial hizo notar que, si bien “resulta de la competencia del Municipio de Viale imponer las condiciones y procesos propios para, en este caso, la selección de un cargo de Juez o Jueza de Paz de su jurisdicción, no puede perderse de vista que se trata de uno que integra un poder del Estado Provincial: Poder Judicial; por lo que la posibilidad de su acceso debe serlo en similares condiciones que para los otros cargos: igualdad, participación, idoneidad, transparencia, objetividad”. Así, el cuestionado proyecto de ordenzan “no cumple con tales premisas, toda vez que cancela a cualquier abogado/a que no se domicilie en Viale y que ejerza otra función que no sea la abogacía; pues en tales casos no se contempla ni prevé otorgarles ningún punto por tales antecedentes, aún si el ejercicio de aquella es en el mismo Poder que se pretende integrar, o incluso en el mismo organismo donde se encuentra la vacante en cuestión, lo cual puede válidamente agraviarlos”.

EL Colegio de la Abogacía de Entre Ríos indicó respecto al tribunal examinador que evaluará a los postulantes al Juzgado de Paz de Viale que el mismo “debe ser equilibrado e incluir la participación de la abogacía organizada”. Y apuntó: “Se propone que los jurados sean representantes de la Abogacía, la Magistratura, organizaciones de la sociedad civil, la Academia y la Municipalidad de Viale”.

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Luego, apuntó: “Señalamos que el proyecto de ordenanza podría ser cuestionado por no estar alineado con los principios constitucionales que rigen el Poder Judicial. En concreto, el proyecto exige ser abogado, un requisito que la Constitución de Entre Ríos no impone para los jueces de paz, aunque sí menciona que se deben observar los requisitos del artículo 190, que corresponden a los jueces de primera instancia”.

Al respecto, destacó que los requisitos que se exigen es “ser ciudadano argentino, tener título de abogado, 27 años de edad y cinco años de ejercicio activo de la profesión o la magistratura”.

“Advertimos que la ordenanza podría extralimitar las facultades municipales al legislar sobre un cargo que forma parte del Poder Judicial de la provincia”, alertó el Colegio de la Abogacía.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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