El máximo tribunal declaró inadmisible la queja presentada por la defensa del médico Aníbal Lotocki, con lo que la sentencia por estafa y lesiones graves contra Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi alcanzó firmeza. Lotocki también enfrenta un juicio por homicidio simple con dolo eventual por la muerte de un paciente en 2021.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este martes el recurso de queja presentado por la defensa de Aníbal Lotocki (56), condenado a ocho años de prisión por los delitos de estafa y lesiones graves. De esta manera, quedó firme la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, que en abril de 2025 había confirmado la pena impuesta por la Sala III del mismo tribunal en noviembre de 2023.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que el recurso de queja era inadmisible y lo desestimaron. La defensa había cuestionado la condena por estafa tras una absolución y había calificado el monto de la pena como «desproporcionado».
La causa se originó en las intervenciones quirúrgicas realizadas por Lotocki a Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi, a quienes se les colocó un producto de relleno que contenía microesferas de Polimetilmetacrilato (PMMA) en zonas y cantidades no aconsejadas, lo que les generó granulomas. El entonces juez Carlos Rengel Mirat sostuvo en los fundamentos de la sentencia de febrero de 2022, que impuso cuatro años de prisión, que Lotocki «dolosamente, calló u ocultó intencionalmente lo que era su obligación informar» sobre los riesgos de la sustancia.
En noviembre de 2023, la Sala III de la Cámara de Casación amplió la condena de cuatro a ocho años al considerar que también había cometido el delito de estafa en perjuicio de Gabriela Trenchi, quien había solicitado que no se utilizara PMMA en su cuerpo. Además, aumentó de cinco a diez años el tiempo de inhabilitación para ejercer la profesión. En abril de 2025, la Sala II confirmó esa resolución.
El fiscal general Sandro Abraldes había señalado en su alegato que Lotocki «no atendía las más mínimas reglas de la práctica profesional: atendía en lugares sin habilitación, con productos que no podía usar e incluso quiso hacer responsable a sus pacientes por las consecuencias nocivas de su propio accionar delictivo».
En septiembre de este año, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°28 había ordenado la detención del médico en el marco de este proceso. El juez Jorge Romeo sostuvo en su resolución que «en caso de recuperar su libertad y de caras a enfrentarse nuevamente a cumplir una pena de prisión efectiva de envergadura, Aníbal Rubén Lotocki podría evadirse del accionar de la justicia».
Esta es la cuarta intervención de la Corte Suprema en la causa. Las dos primeras estuvieron relacionadas con cuestiones previas al juicio y la tercera cuestionó la primera condena, que el máximo tribunal rechazó por falta de sentencia definitiva.
En paralelo, Lotocki es juzgado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°17 por el homicidio simple con dolo eventual de Christian Zárate (50), ocurrido en abril de 2021 en una clínica del barrio porteño de Caballito. Según la investigación, Zárate se sometió a una dermolipectomía con la técnica TULUA y una liposucción, y falleció al día siguiente tras sufrir un paro cardíaco. En ese proceso también se juzgan los casos de dos mujeres que denunciaron lesiones gravísimas, mientras que esta semana los jueces declararon la prescripción de tres de las causas originalmente presentadas.
Fuente: Ministerio Público Fiscal de la Nación
