La Municipalidad de Santa Fe autorizó una nueva actualización de la Unidad Fija (UF), que pasó a costar $2.151. La medida impacta en los montos mínimos y máximos de todas las infracciones, con alcoholemia positiva que puede alcanzar los $4.302.000.
La Municipalidad de Santa Fe autorizó una nueva actualización del valor de la Unidad Fija (UF) a través de la Resolución N° 157/2026. La UF es la fórmula de cálculo que se utiliza para determinar los montos dinerarios mínimos y máximos de las multas en la ciudad capital.
Desde este martes 13 de octubre, según pudo saber este diario, la UF cuesta $2.151. El incremento en dos meses fue del 2,82%, y en lo que va del año, desde febrero hasta esta última actualización, el aumento porcentual fue del 26,4%.
En lo que va de 2026 ya son cinco las subas del valor de la UF. El 1° de febrero fue la primera actualización, cuando la Unidad Fija se estableció en $1.701; el 1° de abril saltó a $2.045; el 1° de junio pasó a valer $2.087, y el 10 de agosto, $2.092.
La actualización se traduce en nuevos valores para todas las infracciones tipificadas en el Régimen de Infracciones y Penalidades (Ordenanza N° 7.882, cuyo texto ordenado figura en el Decreto 00027/2026), que abarcan contravenciones relacionadas con la autoridad municipal, la seguridad pública, la higiene urbana y el tránsito.
La administración municipal a cargo del intendente Juan Pablo Poletti tiene la potestad otorgada por ordenanza vigente (N° 12.943) de actualizar -o no- la Unidad Fija de forma bimestral. Esto depende de los incrementos en los combustibles, como en reiteradas oportunidades ha explicado este diario.
El Concejo de Santa Fe determinó por la citada normativa, aprobada en 2024, que los montos mínimos y máximos previstos para cada una de las infracciones sancionadas con multa «se determinan por la UF, cuyo valor en pesos equivale a un litro de nafta súper valor surtidor de la empresa YPF del ACA de Santa Fe».
El Ejecutivo Municipal está obligado, también por dicha ordenanza, a «publicar en su sitio web oficial el valor de la UF y sus actualizaciones en forma bimestral».
La mayoría de las contravenciones, excepto las consideradas muy graves -como correr «picadas» en la vía pública-, se pueden abonar en forma voluntaria. En este caso, el infractor puede tener un descuento del 20% del valor impuesto, de mínima y de máxima.
El municipio remitió al Legislativo un mensaje donde le solicitó autorización para implementar un plan con facilidades de pago de multas (moratoria) relacionadas con el tránsito y con el estacionamiento medido (SEOM), que sería tratado en breve.
Tránsito
Los montos de las multas están determinados a partir de la Unidad Fija, cuyo monto ahora es de $2.151. A partir de ese valor, se pueden establecer los mínimos y máximos para las infracciones del tránsito.
- Por no respetar las señales de luz roja de los semáforos, o las indicaciones de prohibición de paso de los agentes encargados de dirigir el tránsito, la sanción dineraria va de 190 UF ($408.690 de mínima) hasta 1900 UF ($4.086.900 de máxima).
- Por conducir en estado de manifiesta alteración psíquica, de ebriedad o bajo la acción de tóxicos o estupefacientes, esto es narcolemia o alcoholemia positiva, la multa cuesta de 190 UF ($408.690 de mínima) a 2000 UF ($4.302.000 de máxima).
- Por disputar carreras en la vía pública de Santa Fe capital («picadas») la multa ahora es de 2500 UF ($5.377.500, de mínima) hasta 8000 UF ($17.208.000 de máxima) e inhabilitación para conducir de entre uno y dos años.
- Si un conductor circula en su vehículo a una velocidad que supere en 20 km/h y hasta 40 km/h de la máxima permitida, la multa va desde 150 UF ($322.650, mínima) hasta 1500 UF ($3.226.500 de máxima).
- Cuando la velocidad supere en más de 40 km/h la máxima permitida, la multa pasa a ser de 220 UF ($473.220 mínima) a 2200 UF ($4.732.200, máxima).
- Por estacionar en dársenas de SEOM sin registrar, la sanción dineraria equivale a 11 UF: $23.661.
- Estacionar en doble mano, en mano prohibida, vereda, contramano delante de las puertas de acceso a los garajes particulares y playas de estacionamiento, la multa va de las 15 UF ($32.265, mínima) hasta 150 UF ($322.650 de máxima).
- Circular, cruzar, maniobrar o detenerse en forma imprudente o haciendo uso de la telefonía móvil sin el manos libres, o transportando animales en los asientos delanteros del conductor o del acompañante, conlleva multa de 50 UF ($107.550 de mínima) a 500 UF ($1.075.500, de máxima).
Higiene urbana
- Por arrojar en la vía pública los enseres domésticos, desperdicios, residuos, escombros, tierra o materiales de construcción fuera de los días establecidos para la recolección de éstos, las multas van de 80 UF ($172.080 de mínima) a 800 UF ($1.720.800 de máxima).
