La Cámara alta reanudó este jueves a las 14 el tratamiento de una versión acotada del proyecto de propiedad privada, que establece desalojos exprés para inmuebles usurpados, límites a las expropiaciones y cambios en la ley de manejo de fuego.
El Senado de la Nación reanudó este jueves a las 14 el debate del proyecto de ley sobre propiedad privada, que había sido suspendido el 16 de julio por diferencias en torno al capítulo de extranjerización de tierras, finalmente eliminado. La iniciativa, impulsada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, fue reformulada este miércoles y ahora se centra en agilizar los desalojos de inmuebles usurpados, limitar las expropiaciones, modificar la ley de manejo de fuego y digitalizar trámites de escrituración.
Desalojos exprés
El dictamen de mayoría establece que, en casos de inmuebles usurpados o tenedores precarios, el juez podrá disponer la inmediata entrega del bien si el derecho invocado por el propietario resulta verosímil y previa caución juratoria. El juez podrá intimar la devolución en un plazo de 72 horas, siempre que el propietario acredite su titularidad con prueba documental.
Para inquilinos con deudas, el propietario deberá enviar una carta documento y otorgar un plazo de al menos 10 días corridos para regularizar el pago, contados desde la notificación. La notificación se realizará en el domicilio del contrato o por correo electrónico, y deberá precisar el lugar de pago. Si el inquilino no cumple, el propietario podrá iniciar la acción de desalojo, que se resolverá en un plazo de 10 días hábiles.
El propietario no podrá negarse a recibir las llaves ni imponer condiciones, aunque podrá dejar constancia escrita de deudas pendientes. En casos con menores o personas en situación de vulnerabilidad, el juez deberá dar intervención a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar, y dispondrá un plazo de hasta 10 días para asegurar una alternativa habitacional transitoria.
Expropiaciones
El proyecto establece que la declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar claramente los motivos. Se fija un tope del 30% para la indemnización por lucro cesante, y la tasa de interés será la del Índice de Precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a 30 días. No se realizará la transferencia del bien sin el pago de la indemnización, aunque el Estado podrá solicitar la posesión. En caso de diferencias sobre el valor, el juez podrá requerir un dictamen del Tribunal de Tasaciones de la Nación.
Ley de manejo de fuego
Se deroga el artículo que impedía cambiar el uso de superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas durante 30 años. Para incendios de bosques nativos, se mantiene la prohibición de cambio de uso, pero se elimina el plazo de 60 años establecido en la normativa anterior.
Digitalización y regularización de escrituras
El proyecto permite presentar documentos digitales en los Registros de la Propiedad de todo el país. Además, modifica la ley Pierri de regularización dominial para que las familias que acrediten posesión pública durante 10 años puedan acceder a la escritura de su vivienda única.
