domingo, 9 agosto, 2026
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Ya rige en Entre Ríos la receta electrónica para medicamentos

Luego de un año de convivencia entre recetas en papel y digitales, desde este 1° de enero la receta electrónica será de uso pleno en Entre Ríos. Esta implementación se enmarca en la Ley Nacional Nº 27.553, a la que la provincia adhirió mediante la Ley Nº 10.977.

Durante el último año, el Ministerio de Salud provincial trabajó en la mejora del sistema Salud Digital Entre Ríos (Sader) para extender el uso de la receta electrónica. Desde la perspectiva del usuario, el procedimiento no presenta cambios respecto al formato en papel; sin embargo, para el sistema de salud implica mayor transparencia, control, trazabilidad de medicamentos y eficiencia en la gestión de compras, aspectos clave ante requerimientos de organismos como la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).

El director de Innovación y Desarrollo en Salud, Javier Segovia, destacó que todos los hospitales públicos ya pueden emitir recetas electrónicas a través de Sader y que se avanzó en la integración para que los medicamentos recetados desde el sistema público puedan ser retirados en farmacias privadas, aplicando los descuentos correspondientes según la cobertura del paciente.

La implementación no modifica el trabajo habitual de profesionales, farmacias ni pacientes, aunque requirió desarrollos informáticos para integrar distintos sistemas y contemplar las particularidades de cada obra social (ya que presentan diferentes listados de medicamentos, distintos porcentajes de descuentos, o puede ocurrir que trabajen con una cartilla cerrada de médicos). Además, el sistema prevé la emisión de recetas para personas sin cobertura, que representan cerca del 90 % de las prescripciones del sector público.

Puesta en práctica desde OSER

Asimismo, desde la Obra Social de Entre Ríos (OSER) se explicó cómo será la implementación de la receta electrónica, aclarando que será de carácter obligatorio para todos los medicamentos a los que OSER brinda cobertura. Los mismos se dividen en dos grupos:

1) Sin autorización: medicamentos dentro del plan ambulatorio de OSER. Para estos, el médico confecciona la receta electrónica y le entrega al afiliado el número de receta.  En farmacia se retira la medicación presentando el DNI + el número de receta.

2) Con autorización: medicamentos dentro del plan crónicos y oncológicos y patologías especiales.

A- Para medicamentos en el plan crónicos: el médico confecciona 6 recetas (una por cada mes de validez del plan) y completa el formulario de OSER GP-777.

En sede el afiliado tiene que presentar: números de receta + formulario y estudios complementarios. En farmacia retira la medicación con DNI + el número de receta.

B- Para medicamentos en el plan oncológicos y patologías especiales: el médico confeccionará la receta y completará el formulario correspondiente.

En cada sede de OSER el afiliado deberá presentar: el número de receta + formulario y estudios complementarios. Una vez que esté autorizado, se le notificará a través del mail. Finalmente, en farmacia se retira la medicación presentando DNI + el número de receta.

Desde la obra social también se hizo énfasis en los siguientes puntos:

Todas las recetas en papel expedidas hasta el 31/12/25 mantendrán vigencia.

Todos los medicamentos crónicos, oncológicos y especiales ya aprobados mantienen su vigencia con las recetas y formularios que ya posea el afiliado.

El médico prescriptor debe ser prestador de OSER.

Este procedimiento no involucra el uso de la aplicación MI.OSER.

De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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