lunes, 13 abril, 2026
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La Justicia de Corrientes obliga a un municipio a regular ruidos y luces en una cancha de fútbol

El Superior Tribunal de Justicia confirmó un fallo que obliga a la Municipalidad de Empedrado a implementar medidas para evitar molestias excesivas a una vecina por el funcionamiento de una cancha de fútbol cercana. 

Una disputa vecinal por ruidos y luces excesivas provenientes de un espacio público llegó hasta la máxima instancia judicial de Corrientes. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ratificó la sentencia contra la Municipalidad de Empedrado, obligándola a tomar medidas inmediatas para cesar las molestias a una vecina.

La denunciante (identificada como M.) había iniciado acciones legales contra el Municipio por inmisiones, es decir, las molestias que exceden la normal tolerancia. El problema se originó cuando funcionarios colocaron arcos y reflectores en una cancha de fútbol ubicada a solo 3 metros de su vivienda.

La vecina y su familia sufrieron:

  • Impactos constantes de la pelota contra la pared de su casa.
  • Ruidos nocturnos que impedían el descanso.
  • Contaminación lumínica debido a reflectores encendidos hasta altas horas de la noche, iluminando directamente el interior de su residencia.

El STJ rechaza la apelación municipal

El Municipio de Empedrado intentó revertir la sentencia desfavorable, argumentando que no se había agotado la vía administrativa y cuestionando aspectos procesales.

Sin embargo, la Corte Provincial declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la Comuna. El fallo N° 217/25, con el primer voto del ministro Guillermo Horacio Semhan, indicó que el Municipio no aportó pruebas para refutar los hechos constatados y que las supuestas nulidades habían sido convalidadas al no ser planteadas en forma oportuna.

Semhan enfatizó que las molestias ocasionadas excedían la normal tolerancia y recordó que el Estado municipal es responsable de preservar el bienestar de quienes viven cerca de los espacios públicos.

Las medidas de cumplimiento obligatorio

El fallo del STJ es inapelable y ordena a la Municipalidad de Empedrado a:

Garantizar que la actividad deportiva no exceda la normal tolerancia exigible por la convivencia urbana.

Reparar y mantener en condiciones el alambrado divisorio de la cancha.

Fijar horarios de uso del predio y los reflectores, con un límite nocturno que evite ruidos y contaminación lumínica.

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