domingo, 29 junio, 2025
InicioDeportesQué pasa si no voto en las elecciones de Santa Fe 2025

Qué pasa si no voto en las elecciones de Santa Fe 2025

Este domingo son las elecciones de Santa Fe 2025, donde se eligen autoridades locales en varias localidades. Hay muchos habitantes de la provincia que, por distintas cuestiones, no se van a acercar a votar. Como, en la Argentina, el sufragio es obligatorio, no cumplir con ello lleva distintas penalidades asociadas.

Según indica la Ley Electoral de Santa Fe, el elector que sin causa justificada no emita su voto en esta y cualquier otra elección que se efectúe en su distrito o sección electoral, “será penado con una multa de 10 pesos moneda nacional”.

Quiénes están exentos de votar en las elecciones 2025 de Santa FeSixto Fariña – LA NACION

A su vez, la normativa detalla: “La Junta Electoral remitirá a los Agentes Fiscales, la lista de los electores que no hayan votado y aquellos tendrán la obligación de acusar ante los Jueces Correccionales, a todos los ciudadanos que no hayan cumplido con su deber de votar en cada elección. Esta acusación será deducida so pena de destitución, dentro del plazo de 30 días, a contar desde que la Junta Electoral haya hecho llegar las listas de infracción”.

La Ley Electoral de Santa Fe determina que “todo elector tiene el deber de sufragar en cuantas elecciones provinciales, municipales o de comisión de Fomento se realicen en su distrito electoral”. Sin embargos, marca que hay algunas excepciones:

Cómo justificar que no voté en las elecciones 2025 de Santa FeSixto Fariña

Aquellas personas que no hayan podido votar en las elecciones locales, deberán justificar su ausencia en la votación. Se puede hacer de forma online a través del sitio oficial del Tribunal Electoral de la provincia de Santa Fe. Hay tiempo de hacer esta gestión hasta 60 días posteriores a los comicios primarios, es decir, hasta el 28 de agosto.

Allí, se deberá ingresar datos personales del elector, como el DNI y el nombre. Luego, se debe indicar la elección a la que no se asistió y el motivo, que puede ser por ser juez o auxiliar que deben prestar sus servicios durante el acto electoral, personal de organismo o empresas que deben asistir a sus puestos, distancia o enfermedad. Finalmente, se deben adjuntar los documentos que certifiquen la justificación y aportar un correo electrónico.

Cabe recordar que, en el caso de estar a más de 100 km del lugar de votación, se debe asistir a la comisaría más cercana para dar su justificación.


Seguí leyendo

Más Noticias